miércoles, 5 de mayo de 2021

AN designa a nuevos rectores principales y suplentes del CNE por mayoría calificad

La Asamblea Nacional (AN) designó este martes a los cinco rectores principales y 10 suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE), tal como lo establece el artículo 296 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Durante la Sesión Especial convocada para este martes con este punto único de agenda, los diputados y diputadas aprobaron por mayoría calificada la siguiente lista:

 

Postulados por la Sociedad Civil:

Rector Electoral Principal: Alexis Corredor Pérez; Primer Suplente: Carlos Quintero Cuevas; Segundo Suplente: Francisco Garcés.

Rector Electoral Principal: Tania D’ Amelio; Primer Suplente: Leonel Enrique Paríca; Segundo Suplente: Rafael Chacón Guzmán

Rector Electoral Principal: Enrique Octavio Márquez; Primer Suplente: Griselda Colina, Segundo Suplente: Francisco Martínez García

 

Postulados por el Poder Ciudadano:

Rector Principal: Pedro Calzadilla; Primer Suplente: Gustavo Vizcaíno; Segundo Suplente: Saúl Bernal Peña.

 

Postulados por las Facultades de Derechos y Escuelas de Estudios Jurídicos de las Universidades:

 

Rector Electoral Principal: Roberto Antonio Picón; Primer Suplente: Conrado Ramón Pérez; Segundo Suplente: León Antonio Arismendi.

 

El diputado Giuseppe Alessandrello, quien encabezó la Comisión Especial para evaluar los expedientes, informó que de los 103 ciudadanos postulados a rectores del CNE se presentó una lista de 15 elegibles que fueron escogidos por los integrantes del Poder Legislativo.

 

Desde la sede del Palacio Federal Legislativo, el presidente del Parlamento, diputado Jorge Rodríguez destacó que esta es una muestra de generosidad, sabiduría y de conciencia patriótica y soberana. “Ustedes están aquí reafirmando la institucionalidad contenida en nuestra Carta Magna.

 

Tras la designación y luego de 20 minutos de receso, en la plenaria de la Asamblea Nacional, el Presidente del Parlamento, tomó juramento de los nuevos ciudadanos y ciudadanas como rectores principales y suplentes del Poder Electoral.

 

Los rectores deben instalarse en las próximas 24 horas a las funciones del ejercicio del Poder Electoral.